Uno de los valores añadidos de nuestro Despacho de Abogados y Economistas se muestra a través de la Planificación Fiscal que realiza a la situación de sus clientes a través de revisiones periódicas de su situación fiscal y aplicación de los cambios normativos que les resulten beneficiosos.

Si usted o su empresa tienen previsto realizar una operación especial, como la venta de un inmueble, la compra de una maquinaria, etc. resulta vital estudiar cuál es la fórmula fiscalmente más adecuada, con el fin de ahorrarle desagradables sorpresas posteriores. Para ello debe confiar en profesionales. Confíe en Abad Abogados.

Abad Abogados domina la totalidad de la problemática de los tributos que pueden afectar a usted o a su empresa en España, pero, además, debido a su pertenencia a organizaciones internacionales, está en condiciones de asesorarle fiscalmente en la expansión internacional de su empresa o en una operación puntual internacional en la que requiera de asesoramiento especializado.

A partir de cierto volumen de activos, resulta muy conveniente planificar fiscalmente la sucesión del patrimonio familiar con la finalidad de aprovechar las ventajas que el sistema tributario le ofrece, y no pagar más de lo necesario. No deje que los ahorros de toda una vida, se pierdan por un mal asesoramiento.

La diferencia entre planificar fiscalmente la Sucesión y no hacerlo puede ser de una gran cuantía, por lo que debe asesorarse debidamente con el fin de no cometer graves errores que pueden, en algunos casos, hasta Abad Abogados ha participado en numerosas operaciones de planificación fiscal para el patrimonio familiar (“Family Office”) de manera que se optimice la factura fiscal por la gestión, transmisión y sucesión del mismo.

Nuestro conocimiento del Derecho Fiscal unido a nuestras profundas raíces en el Derecho de Familia nos convierte en candidatos ideales para asesorarle en Herencias, desde el asesoramiento en la redacción de su testamento, hasta nuestra actuación como Albaceas. La confianza que Abad Abogados merece a los Juzgados la Región de Murcia hace que frecuentemente seamos designados como Contadores-Partidores en procedimientos de testamentaria con lo que contamos con experiencia contrastada desde todos los ámbitos. Contamos con experiencia en la adjudicación de herencias de ciudadanos extranjeros, explorando la, a veces compleja relación entre Derecho Sucesorio Nacional, Derecho Internacional Privado y Derecho Fiscal.

No lo dude, Abad Abogados es su Despacho de Abogados y Economistas de referencia para asuntos fiscales.

Preguntas frecuentes

Si la adquisición se realiza al margen de la actividad productiva de su empresa, es posible que le interese separar una rama de actividad distinta a través de un vehículo jurídico diferente de manera que quede ajeno a los riesgos inherentes a su actividad principal, no obstante, se hace aconsejable un análisis previo por Abogados expertos en materia fiscal.

Dependiendo de la situación de la empresa, sus riesgos, la financiación que exista para su adquisición y el destino que se pretenda dar a la misma se deberá elegir una u otra alternativa, teniendo en cuenta que dicha elección puede tener importantes consecuencias jurídicas y tributarias por lo que debe realizarse un exhaustivo análisis previo por profesionales.

Una buena opción puede ser la constitución de un Patrimonio Protegido, siempre que su discapacidad consista en una una minusvalía psíquica igual o superior al 33%, o esté afectado por una minusvalía física o sensorial igual o superior al 65%. El Patrimonio Protegido otorga ventajas fiscales para los aportantes al mismo (deducción en el IRPF de hasta 10.000 Euros) y seguridad jurídica para el discapacitado, dejando bastante libertad a las partes en cuanto a la gestión y administración del mismo. En Abad Abogados y Economistas, podemos ayudarle en la constitución de patrimonios protegidos y en su organización.
No. La transmisión mortis causa de las participaciones o acciones de una empresa no está exenta del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones de manera automática. Se puede obtener una bonificación del 95% en el Impuesto, más el porcentaje que su Comunidad Autónoma haya podido establecer bajo una serie de supuestos. Dada la importancia de garantizar dicha bonificación, así como la normativa cambiante al respecto y las variaciones en función de la Comunidad Autónoma de domicilio social de la empresa y de domicilio de los herederos le aconsejamos se ponga en manos de abogados y asesores fiscales especialistas en empresa familiar, como Abad & Asociados Abogados y Economistas.

Son múltiples los factores a tener en cuenta para adoptar esta decisión, entre otros: -Si existe un marco tributario específico para su actividad (por ejemplo, que se pueda acoger al régimen de módulos). – El nivel de beneficio esperado, y el tipo medio de gravamen al que sería sometido en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y en el Impuesto sobre Sociedades. – El riesgo de la actividad (endeudamiento, trabajadores, etc.) – La imagen de su negocio (una sociedad mejora la imagen de su negocio) – Los costes de mantenimiento (superiores en el caso de la Sociedad). Es por ello que es recomendable acudir a Abogados expertos en materia fiscal y jurídica, para analizar globalmente su situación y hacerle la recomendación más oportuna a su caso concreto.