La especialización en el ámbito mercantil de nuestros Abogados nos permite garantizarle una defensa judicial de sus intereses en cualesquiera procedimientos judiciales que decida interponer o que sean interpuestos en su contra.
La defensa de los Derechos de los Accionistas Minoritarios a través de la Impugnación de Acuerdos Sociales, o la interposición de la Acción de Disolución en aquellos casos en los que proceda, han sido procedimientos judiciales que el Despacho Abad Abogados ha participado con un alto grado de éxito.
También somos expertos en la exigencia de responsabilidades por el incumplimiento de contratos mercantiles, analizando su caso pormenorizadamente y procediendo a la interposición de la demanda judicial que proceda con el fin de salvaguardar sus intereses y obtener, en su caso, una justa compensación al incumplimiento.
La interposición de acciones de responsabilidad contra Administradores es una poderosa herramienta que Abad Abogados ha empleado en distintos casos con los profesionales que conforman Abad Abogados intervienen en distintos procedimientos de Arbitraje en Cortes Nacionales y Cortes Internacionales como representación letrada o como Árbitros y disponen de las cualificaciones necesarias para actuar como Mediadores ante cualquier conflicto para cuyos servicios sean requeridos.
Nuestra familiaridad con los distintos Reglamentos de Arbitraje nos hace un buen candidato a la defensa letrada de arbitrajes de cualquier complejidad y nos permite defender enérgicamente sus intereses en Arbitrajes Internacionales asistidos de nuestros partners legales, despachos de abogados del país en el que se ventile el asunto. La redacción de las cláusulas de sumisión al arbitraje merece un asesoramiento profesional con el fin de evitar quebraderos de cabeza futuros.
No lo dude, confíe la Dirección Letrada de su Demanda Mercantil a Abad Abogados.
Preguntas frecuentes
Se considera que una sociedad está bloqueada si reiteradamente resulta imposible alcanzar acuerdos debido a que los socios, en posición de igualdad por su participación en la empresa, defienden posturas antagónicas, existiendo una imposibilidad de alcanzar el fin social de la misma.
Se trata de una acción que el subcontratista de una obra tiene cuando el contratista le adeuda dinero, le permite reclamarlo directamente al promotor. Para poder ser utilizada la deuda debe ser líquida, vencida y exigible, además el promotor debe ser deudor del contratista con razón en la misma obra.
Los administradores responderán del daño que causen por actos u omisiones contrarios a la ley o a los estatutos o por los realizados incumpliendo los deberes inherentes al desempeño del cargo, por ejemplo, por no instar la disolución de la sociedad cuando debiesen o por no solicitar el debido concurso de acreedores, por no convocar la Junta General cuando estuviesen obligados, etc.
Basta con un 5% del capital social para poder solicitar al Registro Mercantil que nombre auditor que examine las cuentas, en cambio, si la sociedad estuviese obligada a nombrar auditor cualquier socio podría realizar la solicitud al Registro Mercantil, independientemente del porcentaje de capital social que tenga.