Europa vuelve a dar un toque de atención a España en lo que respecta a su ley hipotecaria. Bruselas reclama al gobierno español adaptar cuanto antes los estándares comunitarios. De hecho, España tenía obligación de transponer la nueva directiva europea en materia hipotecaria antes del pasado 21 de marzo. A pesar de que debido al estado en funciones del gobierno actual no es posible iniciar la transposición de la ley, esto no quita que el gobierno haya optado por el inmovilismo hasta el último tramo de su legislatura en este punto.
La consecuencia directa es que el gobierno que salga elegido en España el próximo 26 de junio deberá reformar la ley hipotecaria a riesgo de que si no la Unión Europea le abra un expediente. Concretamente, los estándares comunitarios obligarían a los bancos españoles a implementar los siguientes cambios en la política actual en la concesión de créditos hipotecarios:
- Obligación de facilitar al cliente todas las ofertas existentes en el mercado
- Obligación de facilitar al cliente una copia del contrato antes de la firma y garantizándole un plazo de reflexión de siete días tras esta para que pueda retractarse.
- Eliminación de los recargos por amortización anticipada.
- Posibilidad de articular la dación en pago.
- Ofrecer un plazo “tolerante” antes de iniciar un procedimiento de desahucio
- Limitación de intereses de demora.
- Limitación a la venta cruzada, impidiendo que las entidades condicionen la concesión de una hipoteca a la adquisición de productos paralelos como seguros.
Estas medidas ofrecen una mayor protección a los clientes así como mayor transparencia todo el proceso de adquirir un crédito. Es por esto último que la directiva también da poderes a la banca para acceder a más información del particular antes de darle un crédito, evitando concesiones “irresponsables” como las que se dieron en el pasado y fueron precursoras de la crisis financiera.
Será el nuevo Ejecutivo electo el que deba llevar a cabo estos cambios si no quiere recibir una multa con remite de Bruselas.