¿Cuál es el límite temporal de la responsabilidad por defectos constructivos?
¿Cuál es el límite temporal de la responsabilidad por defectos constructivos?
¿Cuál es el límite temporal de la responsabilidad por defectos constructivos?
Según el tipo de defecto constructivo del que se trate son:
a) 1 año en relación con los vicios o defectos de ejecución que afecten a elementos de terminación o acabado de las obras.
b) 3 años por vicios constructivos o instalaciones que afecten a los requisitos de habitabilidad (higiene, salud y protección del medio ambiente).
c) 10 años defectos en elementos estructurales y que comprometan directamente la resistencia mecánica y la estabilidad del edificio.
Cabe destacar que, según los casos, también puede existir la responsabilidad contractual del promotor, cuyo plazo temporal para reclamar es de 15 años