¿Tengo alguna ventaja por desarrollar una nueva actividad en España?
Sí, la Ley 11/2013, de 26 de julio, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo, establece distintas ventajas entre las que podemos destacar:
Incentivos fiscales, como por ejemplo el tipo impositivo en el impuesto de sociedades durante el primer año de creación será del 15% para una base comprendida entre 0 y 300.000 euros y 20% para la cantidad restante.
Reducción en la cotización a la seguridad social por contingencias comunes para menores de 30 años -35 años en el caso de las mujeres- del 30% durante los 15 primeros meses del alta.
Posibilidad de compatibilizar la percepción de la prestación por desempleo con el trabajo por cuenta propia en caso de menores de 30 años y en el resto de casos, cuando así lo establezcan los programas de fomento al empleo.
Posibilidad de suspensión y reanudación del cobro de la prestación por desempleo tras realizar una actividad por cuenta propia.