El pasado 28 de enero de 2022 entró en vigor la Ley de Presupuestos de la Región de Murcia para el presente año, la cual trae una serie de modificaciones fiscales en la parte de los impuestos gestionados por la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Seguramente, la más relevante sea que, dentro del Impuesto sobre donaciones, se amplía la deducción del 99 % en cuota también al grupo del parentesco III del artículo 20.2.a) de la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

Este grupo III incluye a hermanos, tíos, sobrinos y ascendientes y descendientes por afinidad (suegros, nueras, yernos, hijastros o padrastros), que se unen al Grupo I y II formado, respectivamente, por hijos menores de 21 años, y por hijos mayores de 21 años, cónyuges, abuelos, padres y adoptantes
Esta modificación se aplica con efectos desde 1 de enero de 2022, pero es muy importante señalar que únicamente aplica en el Impuesto sobre donaciones,no en el de sucesiones.

En la parte autonómica del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) encontramos una deducción por alquiler de vivienda para menores de 35 años, familias numerosas y discapacitados con un grado de discapacidad igual o superior al 65 %.

En el mismo impuesto también se incluye una nueva deducción autonómica para mujeres trabajadoras por el cuidado de cada hijo menor de 18 años o persona dependiente a su cargo. La deducción oscila entre 300 y 400 euros por hijo o por persona dependiente.

Por último, son de interés: la congelación de las Tasas regionales; la supresión, para 2022, de los Tributos sobre el Juego; y dentro del Impuesto sobre Patrimonio, la deducción en la cuota íntegra del impuesto del 100% del importe en dinero destinado durante el año posterior a la fecha de devengo a proyectos de excepcional interés público regional, los cuales serán incluidos en un listado que publicará la CARM.

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